La Orden de Alcántara, dado su doble carácter de institución militar y religiosa, en lo territorial, desarrolla una doble organización. En lo religioso se organizaban por conventos, existiendo un convento mayor, que constituía la sede de la orden, en la villa cacereña que le dio nombre. En lo político-militar se dividían en “encomiendas mayores”, existiendo una encomienda mayor por cada reino peninsular en el que estuviera presente la orden en cuestión. Al frente de ellas estaba el comendador mayor. Le seguían las encomiendas, que eran un conjunto de bienes, no siempre territoriales ni agrupados, pero que generalmente constituían demarcaciones territoriales. Las encomiendas eran administradas por un comendador. Las fortalezas, que por cualquier tipo de causa no estaban bajo el mando del comendador, tenían a su frente un alcaide nombrado por aquél. Así pues, se puede definir la encomienda como una institución socio-económica mediante la cual un grupo de individuos debía retribuir a otros en trabajo, especie o por otro medio, por el disfrute de un bien o por una prestación que hubiese recibido.

En el año 1499, la encomienda de Eljas fue visitada por frey Nicolás de Ovando y frey García Álvarez de Toledo, nombrados Visitadores Generales, cuya función era la de visitar e informar sobre los territorios de la Orden de Alcántara. Dicha encomienda estaba compuesta por la propia población de Eljas, junto con Cilleros, Valverde del Fresno y Navasfrías. El comendador de Eljas entonces era Francisco del Águila, menor de edad, de hecho, entonces era un niño al que los visitadores aluden siempre con un tono didáctico, aunque al mismo tiempo con rigor, haciéndole saber siempre sus obligaciones.

El resultado fue un magnífico manuscrito que ha llegado hasta nuestros días y en el que comprobamos que los impuestos que hay que pagar en la actualidad, no tienen ni punto de comparación con las abusivas rentas que en la Edad Media tenían que pagar los cilleranos a la encomienda.

El Diezmo
El diezmo (del latín decimus, décimo) es un impuesto del diez por ciento (la décima parte de todas las ganancias) que se debía pagar a un rey, gobernante, o líder eclesiástico. La villa de Cilleros tenía que contribuir a la Encomienda de Eljas con diversas cargas:
  • Dos terceras partes de los diezmos de pan y vino de todas las cosas que pagan diezmos. Otra tercera parte llevaba el obispo de Coria.
  • Los diezmos de las sesenas de los mozos solteros de cualquier pan que cogen o de cualquier semilla que debiera pagar diezmos. De este capítulo no recibía nada el obispo de Coria.
  • Las primicias de pan y vino. La encomienda tenía en el lugar dos hornos de pan y los vecinos no podían cocer en ningún otro, dando a la encomienda un pan por cada treinta, corriendo el comendador a cargo del mantenimiento y gastos de dichos hornos.
  • También corresponde a la encomienda el portazgo y veintena de la villa de Cilleros.
  • La tercera parte de los homicidios, quebrantamiento de cárcel, juramento falso y demás delitos.
  • El tercio de los que arriendan los propios y rentas del concejo.
  • El quinto de los que mueren “abintestado”, es decir sin testamento.
  • El quinto de las licencias que se demandaren, salvo de las cruzadas.
  • Una parte de cualquier pieza de caza que se matara en el monte de la jurisdicción de Cilleros:

Dúas
Se incluye aquí, como renta o beneficio de la encomienda, las “dúas” o prestación personal que debían aplicar los vecinos de estas villas y lugares en el mantenimiento de los recursos defensivos de Eljas, concretamente actuando como mano de obra gratuita para la reparación de las torres y lienzos de su fortaleza, si bien el pago de maestros y materiales corrían a cargo del comendador. Dúas de Cilleros:

Hallamos que los vezinos y moradores de la dicha villa de cilleros son obligados a dar su dua quando es menester de hazer algun rreparo en la fortaleza de las Eljas y que el comendador ha de dar los maestros y allegos entiendese en rreparo de torre e muro e barrera.

Pie de Altar
Esta fuente de ingreso se constituía con lo recaudado entre los vecinos que pagaban para poder ocupar los asientos más cercanos al altar, en los distintos oficios religiosos celebrados en la iglesia correspondiente. Era un recurso variable que solía poseer el comendador desde antiguo, aunque, como dicen los visitadores, casi siempre estaba cedido a los curas que prestaban su servicio en la misma iglesia. En Cilleros se dice que el comendador llevaba antiguamente “el pie de altar”, y que no se le daba a capellán ni otra persona alguna, aunque posteriormente hubo acuerdo entre el comendador y el pueblo para que concejo pusiese el clérigo que quisiese y el comendador le dejaba el pie de altar, mientras que si el pie de altar lo llevaba el comendador, este debería encargarse de cierto mantenimiento del cura y vestuario:

Otrosi que antiguamente los comendadores de las Eljas llevan el pie de altar de la yglesia de la villa de Cilleros e que perteneze a la dicha encomienda y que en aquel tiempo ni a capellan que sirviese la dicha yglesia y le dexaba el pie de altar e despues ovo concierto entre el comendador y el pueblo que el conzejo pusiese el clerigo que quisiese y que el comendador le dexava el pie de altar de su mano y que llevando el pie de altar el comendador es obligado a dar al cura cierto mantenimiento e vestuario.

Entierros y sepulturas
La encomienda es propietaria del derecho de las sepulturas abiertas dentro de la iglesia de Cilleros, otorgando la licencia para estas. Por cada una de ellas se pagan cien maravedíes los cuales cede el comendador para mantenimiento de la iglesia:

Pertenesze a la dicha encomienda el derecho de las sepulturas que se abren en la yglesia de la villa y que esta en costumbre de dar lizencia para los que se an de enterrar dentro en la dicha yglesia y que se paga de cada sepultura cien maravedis los quales de consentimiento del comendador los lleva la yglesia para su rreparo.

Mostrenco
Los bienes mostrencos, como se sabe, son los que no tienen dueño conocido, y sus rentas o valor, como vemos en este caso se lo adjudicaban el comendador de Eljas o el de La Puebla, aunque no tenemos información sobre su cuantía y volumen:

El mostrenco de la dicha villa hallamos que algunas vezes lo lleva e procura el comendador la puebla y que otras vezes lo lleva el comendador de las Eljas.

Sacrilegios
Otro capítulo de ingresos del comendador de Eljas lo constituía el referido a la penalización de los sacrilegios en los que incurrían los vecinos y moradores de las villas y lugares de su jurisdicción. La encomienda recibía dos partes de lo recaudado a consecuencia de sacrilegios, mientras que el obispo percibía una parte:

Pertenesze a a la dicha encomienda de las villas y lugares della las dos partes de los sacrillegios y al obispo una y asi pareze por las conpiusiciones dentre la orden e Coria.

Fuego o Martiniega
La encomienda disponía de otra fuente de ingresos que llamaban “fuego”, que corresponde en realidad al impuesto que pagaba cada vivienda que estuviera habitada y en funcionamiento. Solía pagarse por San Martín y por eso se llamaba Martiniega. En Cilleros, cada vecino pagaba dos maravedíes por ese concepto:

Pertenesze a la dicha encomienda el fuego que dizen que se acostumbra llevar en la horden martinega paga cada vezino dos maravedis…

Intestados y bulas
Estas dos cargas suelen aparecer juntas, anotándose la quinta parte de cada una de ellas a beneficio del comendador, como hemos podido constatar en Eljas, Cilleros y Valverde. En cuanto a las bulas o licencias, indican los visitadores que no se incluyen las de las cruzadas. En efecto, la encomienda de Eljas percibía el quinto de los bienes de los que mueren intestados, es decir, sin haber hecho testamento, incluyendo en el mismo bloque el quinto de lo recaudado por las bulas que se pidieren en toda la encomienda, aunque exceptúan, como ya hemos dicho, la de las cruzadas:

Pertenesze a la dicha encomienda el quinto de los que mueren abintestado en la dicha villa de Cilleros e su termino. Perteneszele a la dicha encomienda el quinto de las lyzentias que se demandaren y procuraren en los lugares de la dicha encomienda ecepto de la cruzada.

Castillo de Eljas

Fuente: Antonio Navareño y José Maldonado - Visita a la Encomienda de Eljas, de la Orden de Alcántara, a finales del siglo XV