En el otoño de 1631, cuando la monarquía hispánica luchaba por mantener su peso en Europa y las guerras en Italia devoraban hombres y dinero, un documento salió de los escritorios del Alcázar de Madrid para viajar hacia una villa extremeña que entonces apenas era un punto más en los amplios dominios del rey. Aquel papel, sellado y firmado por Felipe IV, no hablaba de ejércitos ni de diplomacia, sino del destino de un hombre y, con él, del equilibrio de poder en Cilleros durante generaciones. Su destinatario era Antonio Vázquez Rojo, vecino acomodado de la villa, y el documento, una Real Cédula conservada en el Archivo Diocesano de Coria, le convertiría en algo más que un ciudadano destacado: lo transformaría en Alguacil Mayor, con todas las prerrogativas, honores y privilegios que ese título llevaba consigo en la España del siglo XVII.

El acto, visto desde lejos, podría parecer apenas un formalismo burocrático. Pero si se mira con atención, revela una historia mucho mayor: la de un mundo en el que la Corona, necesitada de fondos para sostener sus guerras, se vio obligada a conceder cargos públicos a quienes estaban dispuestos a aportar recursos. En este caso, Vázquez Rojo había entregado la considerable suma de mil ducados para contribuir al costoso esfuerzo bélico en Italia. Era una cantidad que no estaba al alcance de cualquiera, 1.000 ducados equivalían a 11.000 reales de vellón, una cantidad elevadísima, varias veces el salario anual de un labrador acomodado. Solo una familia con recursos considerables podía permitírselo, esto indica que Antonio Vázquez Rojo pertenecía a un linaje destacado en la Cilleros del siglo XVII, posiblemente con propiedades agrícolas, ganaderas o vínculos comerciales. Servía, y así lo reconoce expresamente el rey en el documento, como pago y justificación de la merced. En tiempos de crisis económica, la Monarquía recurría a la venta de oficios y honores para llenar sus arcas; y aquel vecino de Cilleros, con su donativo, se situaba directamente bajo la atención del monarca y de su maquinaria administrativa.

El documento real, redactado en 1631, no escatima en solemnidades. Felipe IV se presenta con todos sus títulos, una larguísima letanía que recorre media Europa y buena parte del continente americano, antes de llegar a la sustancia: concede a Antonio Vázquez Rojo el oficio de Alguacil Mayor de la Villa de Cilleros, permitiéndole usar capa, espada y daga, ostentar vara alta en las ceremonias públicas, y, sobre todo, ejercer autoridad efectiva sobre la población. El alguacil mayor no era un adorno protocolario. Era el brazo ejecutor del orden y la justicia local, el encargado de hacer cumplir las decisiones del alcalde y de los jueces, el responsable de los arrestos, de la seguridad y del mantenimiento del orden público. Y, además, gozaba de un papel político relevante: podía sentarse en el ayuntamiento con voz y voto, y tenía precedencia sobre los regidores en actos oficiales. Su figura era, en resumen, un pilar de la vida municipal.

Alguacil en traje de ceremonia

Pero si el oficio era importante para el presente, lo era mucho más para el futuro. La merced que el rey otorgaba no era temporal ni dependía de la voluntad de la villa de Cilleros. Felipe IV lo deja claro de un modo que impresiona incluso hoy: el cargo era perpetuo, hereditario y no podía ser revocado, “ni por obra de la villa ni por obra nuestra”. Con esa frase, el monarca aseguraba que la dignidad del alguacil mayor quedaría ligada al linaje de Vázquez Rojo durante generaciones, como parte de su patrimonio familiar. De hecho, el documento permite incluso incorporarlo a un mayorazgo, lo que convertiría el oficio en un bien atado a la casa familiar, inalienable y pensado para pasar siempre al descendiente principal. Ni la villa de Cilleros ni el propio rey podrían despojar a la familia del cargo, salvo en circunstancias extremas y muy reguladas. El oficio se convertía así en un símbolo duradero de autoridad y prestigio.

El texto real refleja también cómo la Corona extendía estas disposiciones a los territorios dependientes. Si la villa tenía aldeas o jurisdicciones bajo su control, el alguacil mayor ejercería influencia sobre ellas. En palabras de la época, debía “mantener las honras de la villa”, expresión que alude tanto al respeto por las tradiciones locales como a la vigilancia del orden y de la justicia. El rey le permite incluso colaborar en la venta de varas de alguaciles menores, una práctica habitual en la administración municipal del siglo XVII, en la que el alguacil mayor actuaba como figura intermediaria.

Felipe IV pintado por Veláquez en 1634

Este tipo de documentos no son raros en los archivos de la época, pero sí lo es su conservación en el contexto de un pueblo como Cilleros. En ellos se aprecia el funcionamiento de un sistema político en el que el poder municipal no solo emanaba del concejo o del alcalde, sino que estaba atravesado por los intereses de la Corona, por la economía rural y por las relaciones personales y familiares. El caso de Antonio Vázquez Rojo demuestra que incluso en las villas pequeñas había personas con capacidad económica suficiente para influir en las decisiones del rey e integrarse en las estructuras administrativas del imperio.

Imaginar la llegada de aquel título a Cilleros permite comprender mejor su impacto. Quizá se leyó en el ayuntamiento, quizá circuló de mano en mano entre los vecinos importantes, quizá llegó incluso a comentarse en las calles y en la iglesia. Para la comunidad, no solo era una noticia solemne; era también un cambio concreto: a partir de ese momento, una familia pasaba a tener un poder formal que se perpetuaría en el tiempo. Y para el propio Antonio Vázquez Rojo, la merced representaba una inversión en su linaje y en su memoria. Cada acto público donde apareciera con su vara alta, cada decisión municipal en la que ejerciera su voz y su voto, serían testimonio de un privilegio sellado por el rey en Madrid.